El nuevo Reglamento de Seguridad en Máquinas supone cinco cambios significativos - Metalmecánica

2022-10-09 17:47:50 By : Ms. Fiona hu

Las previsiones más optimistas anuncian que la publicación definitiva del nuevo Reglamento de Seguridad de Máquinas tendrá lugar durante el último trimestre de 2022, una normativa que derogará la Directiva 2006/42/CE. A partir de entonces, los fabricantes dispondrán de 3 años y medio para comercializar aquellas máquinas que hubieran sido fabricadas según la anterior Directiva, ya que después se impedirá su venta hasta que se adapten al Reglamento.

Según Fernando Gironés, consultor experto en Seguridad de Máquinas de TÜV SÜD, “la llegada de este Reglamento se debe a la necesidad de clarificar conceptos clave relacionados con el cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud, así como a la adaptación tecnológica del mercado frente a nuevas soluciones digitales como la inteligencia artificial, los robots colaborativos y la ciberdelincuencia. Además, añade, “era preciso actualizar el listado de máquinas peligrosas e introducir la digitalización de la documentación”.

Entre los principales cambios de la normativa, destacan los siguientes:

- El fabricante deberá entregar al usuario de la máquina los medios necesarios para poder probar los dispositivos de seguridad.

- En el manual de instrucciones, el fabricante deberá dar información sobre las emisiones de sustancias, eficacia y características del dispositivo de captación necesario, para que el usuario pueda seleccionarlo.

- Las máquinas portátiles que emitan sustancias deberán disponer de un dispositivo o un sistema de escape conectado, con una conexión para salida de escape o un sistema equivalente con objeto de capturar o reducir las emisiones de sustancias peligrosas.

- Será obligatorio indicar en todos los casos, el valor de los niveles de vibraciones transmitidas por máquinas portátiles o guiadas a mano al sistema mano-brazo y del sistema cuerpo entero en el caso de maquinaria móvil.

- En los ascensores de velocidad inferior a 0,15 m/s con habitáculo completamente cerrado, se permitirá la instalación de botoneras de cabina sin pulsadores de accionamiento auto mantenido, que obligan al usuario a mantenerlos activados. Bajo ciertas condiciones, se autorizarán las paradas automáticas a nivel de planta.

“La entrada en vigor del Reglamento tendrá lugar 2 años y medio después de transcurridos 20 días desde su publicación en el DOUE. En este caso, se ha optado por revisar la Directiva mediante un Reglamento porque este instrumento no necesita transposición y se evitan divergencias o retrasos en su interpretación, ya que entra en vigor simultáneamente en todo el territorio de la Unión Europea”, concluye el experto.

Para ampliar la información puede acceder al Webinar sobre el “Reglamento de Seguridad de Máquinas vs. Directiva 2006/42/CE”: https://www.tuvsud.com/es-es/centro-recursos/webinars/webinar-nuevo-reglamento-seguridad-maquinas-directiva

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